Defensa fiscal
Un requerimiento del SAT no es una sentencia. Es el inicio de su defensa.
Auditorías, créditos fiscales, multas, cancelación de certificados, embargos y listas de presuntas operaciones inexistentes: cada acto de autoridad tiene su medio de defensa y su plazo. En López Henaine y Chávez lo ejercemos con una ventaja que pocos ofrecen: la estrategia jurídica y la lectura contable-fiscal en una sola mesa.
revocación · nulidad · amparo
y nulidad · Art. 117 CFF
sola estrategia
Esquema orientativo. La vía y el plazo exactos dependen del acto concreto y se confirman en la evaluación inicial de su caso.
Entre el requerimiento y el embargo
existe el derecho. Y se ejerce a tiempo.
La defensa fiscal: el litigio donde los números también son argumentos
La defensa fiscal es la rama del derecho que protege al contribuyente frente a los actos de autoridad: facultades de comprobación, créditos fiscales, multas, procedimientos de ejecución y restricciones a sus derechos digitales. Es un litigio peculiar, porque aquí el expediente contable es también el expediente jurídico: una observación de auditoría se gana o se pierde tanto en la ley como en los papeles de trabajo.
Por eso, en López Henaine y Chávez esta área opera con coordinación expresa entre la Dirección Jurídica y la Dirección Contable, Fiscal y Administrativa. El cumplimiento, la planeación y la operación fiscal viven en el área contable; la defensa frente a actos de autoridad vive aquí. Y cuando un caso exige ambas miradas —que casi siempre las exige—, se atiende en una sola estrategia.
Defensa contra actos de autoridad
Recursos, nulidad y amparo contra créditos fiscales, multas, resoluciones y procedimientos de ejecución del SAT y autoridades estatales.
Auditorías y requerimientos
Representación técnica durante facultades de comprobación: domicilio, escritorio y auditoría electrónica, con control de plazos y garantías.
Riesgo fiscal y materialidad
Diagnóstico de exposición ante discrepancias, EFOS y cancelación de CSD, con la lectura contable que sostiene cada posición jurídica.
Actos de autoridad que defendemos
Facultades de comprobación
Auditoría domiciliaria, revisión de escritorio y auditoría electrónica. Control de formalidades, plazos y derecho a ofrecer pruebas.
Créditos fiscales y multas
Impuestos omitidos, contribuciones accesorias y multas determinadas por la autoridad: defensa de fondo y forma.
Cancelación de CSD
Defensa contra la cancelación o restricción de certificados de sello digital, que paralizan la facturación y la operación.
Listas EFOS y presunción 69-B
Desvirtuación de la presunción de operaciones inexistentes y defensa de contribuyentes incluidos o afectados por estas listas.
Discrepancia fiscal
Atención técnica al requerimiento por presunción de ingresos no declarados: aclaración, prueba y defensa.
PAE y embargos
Defensa en el procedimiento administrativo de ejecución: medidas cautelares, embargos y suspensión con garantía.
Devoluciones y compensaciones
Defensa de saldos a favor y devoluciones negadas o retardadas, con la ruta de impugnación que corresponda.
Cartas invitación y autocorrección
Análisis de invitaciones del SAT: cuándo conviene autocorregir, cuándo sostener la posición y cómo documentarlo.
Cada asunto está sujeto a revisión inicial, conflicto de interés y condiciones de contratación. Consulta si tu caso aplica →
Dónde se defiende cada etapa de una revisión del SAT
El error más caro en materia fiscal es defenderse tarde o en la etapa equivocada. Cada fase de la revisión tiene su propia técnica de defensa; esta es la ruta que seguimos.
Notificación de facultades de comprobación
Verificamos la legalidad de la orden, el alcance de la facultad, las ejercicios y contribuciones revisadas, y las formalidades de la notificación. Desde este momento se controlan plazos y se protege la documentación.
Defensa: control de formalidades y representaciónAtención de requerimientos y auditoría
Coordinamos con el área contable la entrega de información y contabilidad electrónica, cuidando que cada respuesta sostenga la posición jurídica y no genere presunciones en contra.
Defensa: estrategia documental conjuntaRespuesta a observaciones
Es la etapa de oro: los hechos y pruebas que se ofrezcan aquí definen el resto del procedimiento. Formulamos la respuesta con argumentos jurídicos y soporte contable.
Defensa: pruebas y argumentos de fondoImpugnación del crédito determinado
Contra la resolución determinante del crédito procede el recurso de revocación o el juicio de nulidad ante el TFJA, y en su momento el amparo. Elegimos la vía con análisis de suspensión y garantía.
Defensa: revocación · nulidad · amparoProtección del patrimonio en la cobranza
Si la autoridad inicia el procedimiento administrativo de ejecución, defendemos contra medidas cautelares y embargos, y gestionamos la suspensión con garantía para proteger la operación.
Defensa: suspensión con garantía · Art. 156 CFFRevocación, nulidad y amparo: cuál, cuándo y por qué
| Medio de defensa | Ante quién | Plazo general | Suspensión | Cuándo conviene |
|---|---|---|---|---|
| Recurso de revocación | La propia autoridad (SAT) | 30 días hábiles · Art. 117 CFF | Con garantía del interés fiscal | Cuando la vía administrativa es más ágil o requisito estratégico |
| Juicio de nulidad | Tribunal Federal de Justicia Administrativa | 30 días hábiles · Art. 14 LFPA | Suspensión con garantía | Defensa de fondo ante juez especializado e independiente |
| Amparo indirecto | Juzgados de distrito | 15 días hábiles · Art. 17 Ley de Amparo | Suspensión con garantía o sin ella según el acto | Actos con efectos irreparables o violaciones constitucionales directas |
| Amparo directo | Tribunales colegiados | 15 días hábiles desde la sentencia | Contra la sentencia de nulidad | Cierre constitucional de la defensa tras el juicio de nulidad |
La elección de vía cambia el resultado: afecta la suspensión, la carga probatoria y la instancia final. Esa decisión se toma en la evaluación inicial, no sobre la marcha.
Para promover recurso de revocación o juicio de nulidad contra la resolución que determina el crédito fiscal. El calendario corre desde la notificación.
Para el amparo indirecto contra actos de ejecución, cancelación de CSD u otros actos con efectos irreparables. Es el plazo más crítico del sistema.
Con la garantía del interés fiscal o la que el tribunal fije, la suspensión detiene la cobranza mientras se resuelve. Proteger el flujo de la empresa es parte de la defensa.
Lo que aporta cada vertical a su defensa
Un litigio fiscal sin lectura contable es un argumento sin números; una contabilidad sin defensa jurídica es un número sin escudo. Por eso esta página coordina, explícitamente, las dos verticales del despacho.
El escudo legal
Análisis de legalidad del acto y elección de la vía de impugnación.
Conceptos de impugnación, pruebas y alegatos ante autoridad y tribunales.
Suspensiones, garantías y protección del patrimonio en el PAE.
Amparo como cierre constitucional de la estrategia.
El expediente que sostiene
Reconstrucción y conciliación contable que responde a cada observación.
Soporte de materialidad: contratos, CFDI, pagos y trazabilidad de operaciones.
Cálculo del interés fiscal y escenarios de autocorrección o regularización.
Continuidad del cumplimiento durante y después del litigio.
Frontera clara, coordinación real: el cumplimiento y la operación fiscal cotidiana se atienden en el área contable; la defensa frente a actos de autoridad, aquí. Cuando su caso requiere ambas, se designa un responsable de estrategia y un canal único de atención para que usted nunca tenga que coordinar a sus propios asesores.
Dudas resueltas sobre defensa fiscal
Recibí una carta invitación del SAT. ¿Debo preocuparme?
¿Qué hago si me notifican una orden de auditoría?
¿Recurso de revocación o juicio de nulidad: cuál me conviene?
Me cancelaron el CSD. ¿Puedo seguir facturando?
¿Qué significa aparecer en las listas del 69-B (EFOS)?
¿Pueden embargar mis cuentas durante un procedimiento de ejecución?
¿La defensa fiscal la lleva el abogado o el contador?
¿Cuánto cuesta la evaluación inicial de un caso fiscal?
Su defensa fiscal empieza con una evaluación dual
Jurídico y contable revisan juntos su acto de autoridad y le entregan una sola ruta: vía, plazo, suspensión y riesgo. Sin duplicidades, sin versiones encontradas.