Asesoria Integral Juridica y Contable
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Documentación fiscal y financiera sobre escritorio, representación de una revisión ante el SAT
Defensa técnica frente al fisco · Veracruz y nacional

Defensa fiscal

Un requerimiento del SAT no es una sentencia. Es el inicio de su defensa.

Auditorías, créditos fiscales, multas, cancelación de certificados, embargos y listas de presuntas operaciones inexistentes: cada acto de autoridad tiene su medio de defensa y su plazo. En López Henaine y Chávez lo ejercemos con una ventaja que pocos ofrecen: la estrategia jurídica y la lectura contable-fiscal en una sola mesa.

3
Medios de defensa
revocación · nulidad · amparo
30 días
Hábiles para revocación
y nulidad · Art. 117 CFF
2
Verticales en una
sola estrategia
Escudo de defensa · Actos impugnables Plazos corren
Crédito fiscal y multasRevocación · Nulidad
Facultades de comprobaciónAcompañamiento
Cancelación de CSDRevocación · Amparo
Listas EFOS · Art. 69-BDesvirtuación
Discrepancia fiscalAclaración · Defensa
PAE y embargosSuspensión · Garantía
Cada acto tiene su vía y su plazo · nosotros los dominamos

Esquema orientativo. La vía y el plazo exactos dependen del acto concreto y se confirman en la evaluación inicial de su caso.

Firma de documento con pluma fuente sobre expediente, símbolo de la defensa técnica fiscal
El fisco tiene facultades. Usted tiene derechos.

Entre el requerimiento y el embargo
existe el derecho. Y se ejerce a tiempo.

01
Área de práctica · Definición

La defensa fiscal: el litigio donde los números también son argumentos

La defensa fiscal es la rama del derecho que protege al contribuyente frente a los actos de autoridad: facultades de comprobación, créditos fiscales, multas, procedimientos de ejecución y restricciones a sus derechos digitales. Es un litigio peculiar, porque aquí el expediente contable es también el expediente jurídico: una observación de auditoría se gana o se pierde tanto en la ley como en los papeles de trabajo.

Por eso, en López Henaine y Chávez esta área opera con coordinación expresa entre la Dirección Jurídica y la Dirección Contable, Fiscal y Administrativa. El cumplimiento, la planeación y la operación fiscal viven en el área contable; la defensa frente a actos de autoridad vive aquí. Y cuando un caso exige ambas miradas —que casi siempre las exige—, se atiende en una sola estrategia.

Contención

Defensa contra actos de autoridad

Recursos, nulidad y amparo contra créditos fiscales, multas, resoluciones y procedimientos de ejecución del SAT y autoridades estatales.

Acompañamiento

Auditorías y requerimientos

Representación técnica durante facultades de comprobación: domicilio, escritorio y auditoría electrónica, con control de plazos y garantías.

Prevención

Riesgo fiscal y materialidad

Diagnóstico de exposición ante discrepancias, EFOS y cancelación de CSD, con la lectura contable que sostiene cada posición jurídica.

02
Servicios · Alcance con fundamento

Actos de autoridad que defendemos

Arts. 42 y 46 CFF

Facultades de comprobación

Auditoría domiciliaria, revisión de escritorio y auditoría electrónica. Control de formalidades, plazos y derecho a ofrecer pruebas.

Arts. 59 a 69 CFF

Créditos fiscales y multas

Impuestos omitidos, contribuciones accesorias y multas determinadas por la autoridad: defensa de fondo y forma.

Art. 17-H CFF

Cancelación de CSD

Defensa contra la cancelación o restricción de certificados de sello digital, que paralizan la facturación y la operación.

Art. 69-B CFF

Listas EFOS y presunción 69-B

Desvirtuación de la presunción de operaciones inexistentes y defensa de contribuyentes incluidos o afectados por estas listas.

Art. 91 LISR

Discrepancia fiscal

Atención técnica al requerimiento por presunción de ingresos no declarados: aclaración, prueba y defensa.

Arts. 156 a 168 CFF

PAE y embargos

Defensa en el procedimiento administrativo de ejecución: medidas cautelares, embargos y suspensión con garantía.

Art. 22 CFF

Devoluciones y compensaciones

Defensa de saldos a favor y devoluciones negadas o retardadas, con la ruta de impugnación que corresponda.

Criterio preventivo

Cartas invitación y autocorrección

Análisis de invitaciones del SAT: cuándo conviene autocorregir, cuándo sostener la posición y cómo documentarlo.

Cada asunto está sujeto a revisión inicial, conflicto de interés y condiciones de contratación. Consulta si tu caso aplica →

03
Método · La revisión y su defensa

Dónde se defiende cada etapa de una revisión del SAT

El error más caro en materia fiscal es defenderse tarde o en la etapa equivocada. Cada fase de la revisión tiene su propia técnica de defensa; esta es la ruta que seguimos.

1
Inicio · Orden de visita o requerimiento

Notificación de facultades de comprobación

Verificamos la legalidad de la orden, el alcance de la facultad, las ejercicios y contribuciones revisadas, y las formalidades de la notificación. Desde este momento se controlan plazos y se protege la documentación.

Defensa: control de formalidades y representación
2
Desarrollo · Requerimientos y información

Atención de requerimientos y auditoría

Coordinamos con el área contable la entrega de información y contabilidad electrónica, cuidando que cada respuesta sostenga la posición jurídica y no genere presunciones en contra.

Defensa: estrategia documental conjunta
3
Observaciones · Oficio provisional

Respuesta a observaciones

Es la etapa de oro: los hechos y pruebas que se ofrezcan aquí definen el resto del procedimiento. Formulamos la respuesta con argumentos jurídicos y soporte contable.

Defensa: pruebas y argumentos de fondo
4
Resolución · Crédito fiscal

Impugnación del crédito determinado

Contra la resolución determinante del crédito procede el recurso de revocación o el juicio de nulidad ante el TFJA, y en su momento el amparo. Elegimos la vía con análisis de suspensión y garantía.

Defensa: revocación · nulidad · amparo
5
Ejecución · PAE

Protección del patrimonio en la cobranza

Si la autoridad inicia el procedimiento administrativo de ejecución, defendemos contra medidas cautelares y embargos, y gestionamos la suspensión con garantía para proteger la operación.

Defensa: suspensión con garantía · Art. 156 CFF
04
Técnica · Elegir la vía correcta

Revocación, nulidad y amparo: cuál, cuándo y por qué

Medio de defensaAnte quiénPlazo generalSuspensiónCuándo conviene
Recurso de revocación La propia autoridad (SAT) 30 días hábiles · Art. 117 CFF Con garantía del interés fiscal Cuando la vía administrativa es más ágil o requisito estratégico
Juicio de nulidad Tribunal Federal de Justicia Administrativa 30 días hábiles · Art. 14 LFPA Suspensión con garantía Defensa de fondo ante juez especializado e independiente
Amparo indirecto Juzgados de distrito 15 días hábiles · Art. 17 Ley de Amparo Suspensión con garantía o sin ella según el acto Actos con efectos irreparables o violaciones constitucionales directas
Amparo directo Tribunales colegiados 15 días hábiles desde la sentencia Contra la sentencia de nulidad Cierre constitucional de la defensa tras el juicio de nulidad

La elección de vía cambia el resultado: afecta la suspensión, la carga probatoria y la instancia final. Esa decisión se toma en la evaluación inicial, no sobre la marcha.

30 días hábiles

Para promover recurso de revocación o juicio de nulidad contra la resolución que determina el crédito fiscal. El calendario corre desde la notificación.

15 días hábiles

Para el amparo indirecto contra actos de ejecución, cancelación de CSD u otros actos con efectos irreparables. Es el plazo más crítico del sistema.

Garantía = pausa

Con la garantía del interés fiscal o la que el tribunal fije, la suspensión detiene la cobranza mientras se resuelve. Proteger el flujo de la empresa es parte de la defensa.

05
Diferenciador · Una sola estrategia

Lo que aporta cada vertical a su defensa

Un litigio fiscal sin lectura contable es un argumento sin números; una contabilidad sin defensa jurídica es un número sin escudo. Por eso esta página coordina, explícitamente, las dos verticales del despacho.

Dirección Contable y Fiscal

El expediente que sostiene

Reconstrucción y conciliación contable que responde a cada observación.

Soporte de materialidad: contratos, CFDI, pagos y trazabilidad de operaciones.

Cálculo del interés fiscal y escenarios de autocorrección o regularización.

Continuidad del cumplimiento durante y después del litigio.

Frontera clara, coordinación real: el cumplimiento y la operación fiscal cotidiana se atienden en el área contable; la defensa frente a actos de autoridad, aquí. Cuando su caso requiere ambas, se designa un responsable de estrategia y un canal único de atención para que usted nunca tenga que coordinar a sus propios asesores.

06
Preguntas frecuentes

Dudas resueltas sobre defensa fiscal

Recibí una carta invitación del SAT. ¿Debo preocuparme?+
La carta invitación no es un acto de autoridad formal, pero sí una señal de que el SAT detectó una inconsistencia mediante cruce de información. Conviene revisarla de inmediato: a veces procede autocorregir con costo mínimo; otras, sostener la posición con documentación. Ignorarla suele derivar en facultades de comprobación.
¿Qué hago si me notifican una orden de auditoría?+
Lo primero, verificar la legalidad de la orden y sus formalidades. Lo segundo, organizar la estrategia de atención: qué información se entrega, cómo y cuándo. Desde la notificación corren plazos y derechos (como ofrecer pruebas y designar representantes) que no deben desperdiciarse.
¿Recurso de revocación o juicio de nulidad: cuál me conviene?+
Depende del caso: la revocación se resuelve por la propia autoridad y puede ser más ágil; la nulidad la resuelve un tribunal independiente. La decisión se toma analizando la suspensión, la garantía, la naturaleza del acto y la estrategia de fondo. No hay respuesta única; hay respuesta correcta para cada caso.
Me cancelaron el CSD. ¿Puedo seguir facturando?+
La cancelación del certificado de sello digital impide emitir CFDI y puede detener la operación. Existen medios de defensa (recurso de revocación y, en ciertos supuestos, amparo) que pueden lograr la suspensión y restituir la capacidad de facturar mientras se resuelve el fondo. El tiempo es crítico: actúe de inmediato.
¿Qué significa aparecer en las listas del 69-B (EFOS)?+
Es la presunción de haber emitido comprobantes de operaciones inexistentes, con efectos graves para quien emite y para quien dedujo con esos comprobantes. La ley prevé un procedimiento para desvirtuar la presunción ofreciendo prueba de la materialidad de las operaciones. Es uno de los escenarios que exige defensa técnica más especializada.
¿Pueden embargar mis cuentas durante un procedimiento de ejecución?+
El PAE admite medidas cautelares y embargo. La ley prevé la suspensión del procedimiento garantizando el interés fiscal, y existen defensas contra actuaciones ilegales en la cobranza. Proteger la liquidez de la empresa es parte central de nuestra estrategia de defensa.
¿La defensa fiscal la lleva el abogado o el contador?+
En este despacho, ambos en una sola estrategia: el abogado dirige la impugnación y el contador sostiene el expediente técnico. Esa coordinación es, precisamente, lo que hace sólida una defensa fiscal: los argumentos jurídicos respaldados por números verificables.
¿Cuánto cuesta la evaluación inicial de un caso fiscal?+
Los honorarios dependen del acto impugnado, su cuantía y la complejidad del expediente. Antes de iniciar explicamos por escrito el alcance, el responsable de la estrategia, la documentación requerida y la propuesta de honorarios. En asuntos con plazos críticos, la evaluación se prioriza el mismo día.
Un solo expediente, dos especialidades, una estrategia

Su defensa fiscal empieza con una evaluación dual

Jurídico y contable revisan juntos su acto de autoridad y le entregan una sola ruta: vía, plazo, suspensión y riesgo. Sin duplicidades, sin versiones encontradas.

Mtro. Juan Manuel López Henaine, Dirección Jurídica

Mtro. Juan Manuel López Henaine

Dirección Jurídica · Estrategia de defensa

En coordinación con la Dirección Contable, Fiscal y Administrativa de la Dra. Martha Chávez Cuevas, que sostiene el expediente técnico de cada defensa.